
El monitorio es un procedimiento judicial que se utiliza para reclamar una deuda dineraria de forma rápida y sencilla. Este procedimiento está previsto en la legislación de varios países, como España, y se lleva a cabo ante el juzgado de primera instancia correspondiente.
La deuda a reclamar debe ser líquida, vencida y exigible.
Las fases del procedimiento monitorio son las siguientes.
1. Reclamación de la deuda. El acreedor presenta una solicitud de monitorio ante el juzgado competente, en la que se especifica el importe de la deuda y se aporta la documentación justificativa (facturas, contratos, etc.) que respalda la reclamación.
2. Requerimiento de pago. Si el juez admite a trámite la solicitud de monitorio, se requiere al deudor para que en el plazo de 20 días pague la deuda o se oponga a la reclamación.
3. Ejecución de la deuda. Si el deudor no ha pagado ni se ha opuesto a la reclamación en el plazo establecido, el juez dicta una resolución por la que se declara la deuda como vencida y exigible, y se ordena la ejecución de la misma. Tras esto, la parte demandante podrá iniciar el correspondiente procedimiento de ejecución en cuyo seno podrá solicitar embargos.
4. En el caso de que el deudor realice el pago de la deuda reclamada, se dictará resolución por parte del Juzgado competente, archivando el procedimiento por pago.
5. En el caso de que el deudor se oponga, dentro del plazo legalmente establecido, se iniciará procedimiento verbal u ordinario, dependiendo de la cuantía de la deuda reclamada.
Dividae siempre intentará en primer lugar recuperar tu factura impagada de forma extrajudicial y, en caso de no llegar a un acuerdo, valoraremos reclamarla judicialmente a través de un procedimiento monitorio.
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